martes, 26 de noviembre de 2013

Accidente Laboral Vs Enfermedad Ocupacional

ACCIDENTE LABORAL
– Definición: Todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo. 

– Serán igualmente accidentes de trabajo:
  • La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas sobrevenidos en las mismas 
  • circunstancias.
  • Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo.
  • Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido HABITUAL, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no les sean imputables al trabajador o trabajadora, y exista concordancia Cronológica, topográfica en el recorrido.
  • Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia Cronológica y Topográfica, exigidos en el numeral anterior.

ENFERMEDAD OCUPACIONAL
– Definición:
Los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes.


lunes, 11 de noviembre de 2013

Registran incendio en plan de PDVSA Gas en el Lago

Hasta el momento se desconocen las causas del incidente. Sin embargo, por medio de un comunicado de la Petróleos de Venezuela (PDVSA) se conoció que el accidente laboral, registrado a las 11. 40 de la noche fue atendido inmediatamente y controlado en su totalidad por el personal de Bomberos de la empresa petrolera.

En horas de la noche del pasado sábado un incendio en planta Múltiple de Gas del Complejo Lama 1, ubicado en el área de Lago Medio, Bloque 9 del Lago de Maracaibo originó una alerta en un grupo de al menos 15 trabajadores que se encontraban en realizando sus labores. 

Hasta el momento se desconocen las causas del incidente. Sin embargo, por medio de un comunicado de la Petróleos de Venezuela (PDVSA) se conoció que el accidente laboral, registrado a las 11. 40 de la noche fue atendido inmediatamente y controlado en su totalidad por el personal de Bomberos de la empresa petrolera, bajo la coordinación de los supervisores de Seguridad Industrial e Higiene Ocupacional.

La minuta informativa especifica que los efectivos del cuerpo de seguridad procedieron al desalojo y traslado de los trabajadores que se encontraban en sitio en cumplimiento del protocolo del Sistema de Seguridad contra Incendios y el Plan de Contingencia de la estatal.

Señalaron que no hubo reportes de pérdidas, ni lesiones humanas. Representantes del departamento PDVSA Occidente nombró un comité que se encargará de evaluar los daños derivados del incidente e investigar las causas del mismo.